martes, 29 de noviembre de 2016

DIVORCIO EXPRESS EN ALICANTE


El tribunal constitucional anula la custodia compartida




El Tribunal Constitucional ha anulado, por invadir competencias estatales, la ley valenciana “de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven”, conocida como Ley de Custodia Compartida.


La ley valenciana,daba prioridad al pacto entre los progenitores, pero en ausencia de acuerdo contemplaba como regla general la custodia compartida y regulaba la relación de los menores con sus hermanos, abuelos, otros parientes y personas allegadas. 


La sentencia de este lunes señala que “nuestro pronunciamiento de inconstitucionalidad no afectará a las situaciones jurídicas consolidadas”. “Este Tribunal entiende que las decisiones adoptadas por los órganos judiciales durante la vigencia de la norma que ahora se declara inconstitucional, en relación a la fijación de un determinado régimen de guardia y custodia para los hijos menores”, se tomaron teniendo en cuenta el principio del mejor beneficio para los niños afectados, dictamina el TC.


Tras todo esto, lo primero que hay que decir, es que el Tribunal Constitucional, no rechaza la custodia compartida, simplemente considera que la Comunidad Valenciana no es competente para regular esta materia. 


¿Que sucederá ahora?

Ahora, entrará en vigor plenamente el Código Civil, y deberá ser el juez quien atendiendo a las condiciones particulares de cada supuesto, aplicará un criterio u otro de custodia

Bien es cierto, que actualmente a nivel nacional, la corriente judicial, es proclive a ir aplicando la custodia compartida, así argumenta nuestro  Tribunal Supremo- adaptando la interpretación del código civil  a nuestra realidad social- se ha manifestado en el sentido de que la custodia compartida es el régimen deseable y más beneficioso para los menores.

Por consiguiente, si surgiera una confrontación entre el tipo de custodia a aplicar, cada progenitor deberá exponer en sede judicial su parecer y el juez deberá decidir, teniendo en consideración, el criterio que actualmente está teniendo el Tribunal Supremo, que considera que la custodia compartida es el régimen más recomendable.



En definitiva, ahora todo se subjetivismo más y jugará un papel determinante en el procedimiento la especialización y capacitación del letrado en el que los progenitores hayan depositado su confianza.






MOLINA NAVARRO - ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANE
Avd. Maisonnave, 41, 1º G
03003 - Alicante
tlf. 650594446 

miércoles, 19 de octubre de 2016

DIVORCIO EXPRESS EN ALICANTE

ABOGADO DIVORCIO 
EXPRESS EN ALICANTE

AVD. MAISONNAVE, 41, 1º G
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Procedimientos de mutuo acuerdo: este tipo de divorcio es, sin duda, el más aconsejable. Las principales ventajas son las siguientes:

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Los documentos a aportar dependen del tipo de proceso de divorcio por el que se opte. En todo caso será necesario presentar:


- Certificado de matrimonio: este documento será proporcionado de forma totalmente gratuita por el Registro Civil o Juzgado de Paz de la ciudad donde se celebró el matrimonio. Normalmente se expedirá en un plazo aproximado de una semana desde la solicitud. Para evitar desplazamientos, existe la posibilidad de solicitar este certificado de forma telemática por nuestro despacho de abogados.


- Certificado de nacimiento de los hijos en caso de que los hubiese. También se solicitará de forma gratuita en el Registro Civil.


- Poder General para Pleitos: se trata de una escritura pública en la que se otorgan poderes al Abogado y al Procurador, para que puedan actuar en el Juzgado en defensa y representación de los cónyuges. Este documento se otorga en cualquier Notaría y su precio oscila entre los 30 y 40 Euros. También puede otorgarse en el Juzgado, es el denominado "poder apud acta" y, en este caso, sería totalmente gratuito.


- Si se solicitan medidas de carácter patrimonial, el cónyuge que las solicite deberá aportar los documentos que permitan evaluar la situación económica. Si no cuenta con ellos deberá solicitar los mismos a través del Juzgado (ej: declaraciones tributarias, nóminas, etc).


- Algunos Juzgados exigen el certificado de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los cónyuges.


- Además, en los casos de divorcio de mutuo acuerdo, será necesario presentar la propuesta de convenio regulador, firmado por ambos cónyuges.



NUESTRO DESPACHO SE ENCARGA DE TODOS LOS DOCUMENTOS, USTEDES SOLO TIENEN QUE VENIR EXPONER SU CASO Y FIRMAR EL CONVENIO REGULADOR.




ANTE CUALQUIER DUDA, NO DUDEN EN PREGUNTARNOS Y SERÁN INFORMADOS DE FORMA MINUCIOSA.




MOLINA NAVARRO - ABOGADOS MATRIMONIALISTAS EN ALICANTE
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